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Recursos
El hecho de cometer una infracción contra la Ley de Seguridad Vial y que posteriormente dicha infracción se convierta en sanción, debe seguir necesariamente unos trámites de procedimiento administrativo, con arreglo a la Ley de Seguridad Vial, así como a la Ley del procedimiento administrativo Sancionador y a la de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Existen infracciones de tráfico de carácter leve, grave y muy grave, todas ellas susceptibles de recurso administrativo.
La imposición de una sanción de tráfico o lo que es igual una multa de tráfico, no significa inicialmente que, esté correctamente impuesta, ni siquiera que el vehículo y el conductor tengan algo que ver con la infracción, por ello se debe ser muy cauteloso en el momento de la firma del boletín de denuncia, si bien la firma no implica conformidad con lo expuesto en el boletín de denuncia, si bien antes de firmar conviene leer lo que consigna el Agente en el boletín de denuncia.
La imposición de la sanción por una multa de tráfico, impuesta en el ejercicio de sus funciones por una Autoridad, bien sea Guardia Civil o Policía Municipal, abre un procedimiento administrativo sancionador. Dicha multa, puede en primer lugar pagarse, con el descuento establecido en la legislación vigente del 30%, o puede ser recurrida, siguiendo el procedimiento correspondiente. El recurso de multa de tráfico, sigue el curso de cualquier procedimiento administrativo sancionador, primero en vía administrativa y después en vía jurisdiccional.
RECUPERACIÓN DE PUNTOS CARNÉ DE CONDUCIR
Pérdida parcial
El titular de una autorización, que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado, podrá recuperar el crédito inicial:
- Mediante la realización y superación con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial, hasta un máximo de 4 puntos, por una sola vez cada 2 años, con la excepción de los conductores profesionales que podrán realizar el citado curso con frecuencia anual.
- Transcurridos 2 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones graves que lleven aparejada la pérdida de puntos.
- Transcurridos 3 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos.
Pérdida TOTAL DE PUNTOS:
Cuando el titular de un permiso o licencia de conducción haya perdido la totalidad de los puntos, la Administración declarará la pérdida de vigencia de la autorización para conducir y lo notificará al interesado en el plazo de 15 días.
El titular de la autorización no podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción:
- En general: Hasta transcurridos 6 meses desde la notificación.
- Conductores profesionales: Hasta transcurridos 3 meses desde la notificación.
Si durante los 3 años siguientes a la obtención de la nueva autorización fuera acordada su pérdida de vigencia por haber perdido nuevamente la totalidad de los puntos asignados, no se podrá obtener nuevamente:
- En general: Hasta transcurridos 12 meses desde la notificación.
- Conductores profesionales: Hasta transcurridos 6 meses desde la notificación.
Para obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular, transcurridos los plazos señalados deberá realizar y superar con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial • Cursos de sensibilización y reeducación vial y posteriormente superar una prueba de control de conocimientos.
La velocidad marcada por el radar de los vehículos de la DGT, es la velocidad real, que suele ser entre un 3% - 10% inferior a la marcada por los velocímetros de los automóviles (según velocidad y modelo).
¿CANTIDAD DE PUNTOS QUE OSTENTO?
Empezará con 12 puntos, pero si es un conductor novel, con menos de 3 años de experiencia, empezará con 8 puntos.
También dispondrá de 8 puntos cuando obtenga un nuevo permiso o licencia de conducción, tras haber perdido el que tuviera por haber agotado tu crédito.
TRÁMITES PARA LA OBTENCIÓN DE PUNTOS
Para obtener los puntos del permiso de conducir, no tiene que hacer ningún trámite. Es una asignación informática que realizará la Administración.
Recuerde que el sistema por puntos no elimina el actual sistema de sanción. Cuando cometa determinadas infracciones, además de la correspondiente sanción económica y de la suspensión en su caso del permiso o licencia de conducción, ahora también le restará puntos.
Quienes mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones, recibirán como bonificación 2 puntos durante los tres primeros años y 1 punto por los tres siguientes, pudiendo llegar a acumular hasta un máximo de 15 puntos en lugar de los 12 iniciales.
Notas destacadas:
- Respecto a la anterior tabla de velocidades, se ha reducido la velocidad máxima exenta de sanción en autovías y autopistas (anteriormente 140km/h, ahora 132km/h).
- La sanción económica se puede reducir un 30% por pronto pago (al realizar el pago en los primeros días desde la notificación).
- La reducción de puntos se produce al ejecutarse la sanción en firme (tras la notificación), después de unos 2 meses cuando ya no exista posibilidad de recurso.
- Los vehículos de mas de 3500kg o más de 9 pasajeros tienen un incremento del 10%.















